Normatividad y regulaciones
Reglamento Sanitario de los Alimentos en Chile: cambios clave tras la actualización 2026
Chile actualiza su Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA 2026), elevando exigencias en etiquetado, inocuidad y aditivos, con impacto directo en la industria alimentaria y el comercio

Periodista especializada Senior
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El Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA), establecido mediante el Decreto Supremo N.º 977/96 del Ministerio de Salud de Chile, constituye uno de los marcos regulatorios más robustos de América Latina en materia de inocuidad, calidad y control de alimentos. Desde su publicación en 1997, este instrumento ha evolucionado de manera continua para responder a los avances científicos, los cambios en los patrones de consumo y las exigencias del comercio internacional.
El RSA regula integralmente la producción, importación, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución y comercialización de alimentos destinados al consumo humano, con el objetivo de proteger la salud pública y garantizar productos inocuos.
A lo largo de casi tres décadas, el reglamento ha sido objeto de múltiples modificaciones, lo que refleja su carácter dinámico y adaptativo frente a nuevos riesgos sanitarios, innovaciones tecnológicas y tendencias globales.
La actualización más reciente, publicada el 6 de marzo de 2026, representa un paso relevante hacia la modernización del sistema alimentario chileno. Este artículo analiza sus principales cambios, su impacto en la industria y su posicionamiento en el contexto internacional.

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Marco normativo y evolución del Reglamento Sanitario de los Alimentos
El RSA se fundamenta jurídicamente en el Código Sanitario chileno (DFL N.º 725 de 1967) y en la Constitución Política de Chile, que otorgan al Estado la responsabilidad de proteger la salud de la población.
Desde su promulgación, el reglamento ha sido modificado en numerosas ocasiones mediante decretos ministeriales. La revisión del documento actualizado muestra más de 70 modificaciones acumuladas entre 1997 y 2026, evidenciando una evolución normativa constante.
Este proceso de actualización ha respondido a tres grandes ejes:
Alineación con estándares internacionales (Codex Alimentarius, OMS, FAO)
Incorporación de avances científicos en microbiología y toxicología
Adaptación a nuevas categorías de alimentos e innovación tecnológica
El Ministerio de Salud, a través de la Subsecretaría de Salud Pública y los Servicios de Salud regionales, es el organismo encargado de implementar, fiscalizar y actualizar el RSA. Este modelo descentralizado permite una vigilancia más cercana de los establecimientos alimentarios.

La actualización del RSA 2026 fortalece los controles de inocuidad en toda la cadena alimentaria, desde la producción hasta el consumo. Foto: Freepik
Principales cambios en la actualización de marzo 2026
La actualización del RSA al primer trimestre de 2026 consolida modificaciones estructurales en diversas áreas, desde la definición de productos básicos hasta exigencias gráficas en el rotulado.
a) Definición y protección de la identidad alimentaria
Uno de los cambios más profundos se observa en el Artículo 198, que establece una restricción estricta sobre el término "leche". Se define exclusivamente como la secreción mamaria normal de animales lecheros, prohibiendo catalogar como leche a cualquier producto que no sea de origen animal. Esta medida busca evitar la confusión del consumidor frente a las bebidas de origen vegetal.
En una línea similar, el Artículo 107, letra a) exige que los productos sucedáneos indiquen claramente su condición en el rotulado, utilizando frases adicionales para evitar engaños sobre la naturaleza auténtica del alimento.

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b) Rotulado de origen lácteo y simbología de banderas
El Artículo 107, letra d) introduce una exigencia inédita: los productos lácteos (leches, mantequillas, quesos) deben rotular en su panel principal el nombre del país de ordeña junto a la imagen de su bandera.
Especificaciones gráficas: Las banderas deben tener un tamaño máximo de 1.5 cm x 1.0 cm, con colores planos y sin efectos holográficos.
Mezclas: Si la leche proviene de distintos países, se deben incluir todas las banderas bajo la leyenda "países de ordeña".
Excepciones: Se exceptúan los quesos que se fraccionan en el punto de venta.

Nuevas exigencias en etiquetado nutricional buscan mejorar la transparencia y la toma de decisiones del consumidor. Foto: Freepik
c) Fortificación obligatoria con vitamina D3
La actualización impone la fortificación masiva con Vitamina D3 (colecalciferol) en alimentos básicos para combatir déficits poblacionales:
Leche líquida: Dosis de 1 µg/100 ml (con margen hasta 1.4 µg).
Leche en polvo: Dosis de 10 µg/100 g (hasta 14 µg).
Harina de trigo: Dosis mínima de 2.25 µg por cada 100 g. Un cambio relevante es la obligación de declarar en la lista de ingredientes si el origen de la Vitamina D3 es animal o no animal.

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d) Clasificación de azúcares "no tradicionales"
El Artículo 383 revoluciona la categoría de endulzantes al distinguir entre azúcares tradicionales (sacarosa, glucosa, etc.) y no tradicionales, específicamente la Tagatosa y la Alulosa.
Advertencias de salud: Los productos con Alulosa (desde 28g/porción) o Tagatosa (desde 30g/porción) deben advertir sobre posibles malestares gastrointestinales o efectos laxantes.
Contabilización: Los azúcares no tradicionales no se consideran en el total de "azúcares totales" ni en "hidratos de carbono disponibles" en la tabla nutricional, pero sí deben sumarse al aporte energético total.
e) Control de parásitos en productos de la pesca
Los artículos 318 y 323 endurecen los protocolos para pescados frescos. Si un pescado no se eviscera tras la captura, debe congelarse de inmediato a -18°C para matar parásitos como el Anisakis. Además, se introduce una tabla de muestreo específica según el tamaño del lote para verificar la ausencia de parásitos vivos o quistes.

La industria alimentaria enfrenta ajustes en formulación y procesos para cumplir con los estándares del RSA 2026. Foto: Freepik
Impacto en la industria alimentaria
El cumplimiento de esta actualización de marzo de 2026 genera un impacto multidimensional en las empresas del sector. Estos son los principales:
Reingeniería de procesos y formulación: La fortificación con Vitamina D3 obliga a molinos y plantas lácteas a ajustar sus líneas de mezcla y dosificación. Asimismo, la validación de tratamientos térmicos para eliminar parásitos en pescados requiere que las empresas realicen ensayos de penetración de frío y mantengan registros auditables.
Transformación del packaging y diseño gráfico: La industria debe rediseñar prácticamente la totalidad de sus envases para incorporar banderas de origen, advertencias de efectos laxantes y el nuevo logo de "libre de gluten". El cumplimiento de las dimensiones exactas para estos símbolos (como el cuadro de dimensiones para la espiga tachada según el área de la etiqueta) demanda una precisión técnica rigurosa.
Gestión de la cadena de suministro y trazabilidad: La obligación de declarar el "País de ordeña" impacta directamente en la logística de importación de insumos lácteos. Las empresas deben asegurar que sus proveedores extranjeros entreguen certificados oficiales de origen para cumplir con el rotulado de banderas.
Desafíos que trae consigo esta actualización
A pesar de que el RSA establece plazos de vigencia diferenciados (algunos hasta 2027), los desafíos actuales son críticos:
Trazabilidad de mezclas complejas: En productos lácteos elaborados con mezclas de diversos orígenes, el espacio en el rótulo para múltiples banderas y nombres de países puede ser insuficiente, aunque la norma permite tamaños reducidos (0,75 cm x 0,5 cm) en envases pequeños.
Costo de verificación analítica: La validación de que un producto es "Libre de Gluten" exige análisis de laboratorio que no sobrepasen los 5 miligramos por kilogramo. Esto, sumado al control de Vitamina D3, eleva los costos operativos fijos.
Segregación física en el retail: El Artículo 516 impone a los establecimientos la obligación de disponer los productos secos "Libres de Gluten" en góndolas exclusivas o segmentadas, con barreras físicas o distancias que impidan la contaminación cruzada. Esto representa un desafío logístico para supermercados y tiendas de conveniencia.
Capacitación del personal: Los establecimientos de alimentos ahora deben garantizar que todo el personal de aseo esté capacitado en técnicas de limpieza y desinfección específicas, manteniendo registros auditables de dichas capacitaciones.
Las tendencias que marcarán el futuro
La actualización de marzo de 2026 marca el camino hacia una regulación más digital y transparente:
a) Digitalización de la información (QR): El Artículo 207 establece una tendencia clara: cuando se utilicen procedimientos térmicos distintos a la pasteurización o UHT en leches, la información debe entregarse al consumidor mediante un código QR o medio electrónico equivalente estampado en el envase. Esta transición hacia el etiquetado inteligente permite mayor profundidad informativa sin saturar el espacio físico del packaging.
b) Transparencia total sobre nutrientes críticos: La restricción de la publicidad para menores de 14 años en alimentos "Altos en" (energía, sodio, azúcares, grasas saturadas) sigue profundizándose. La tendencia futura apunta a una regulación más estricta en medios digitales y aplicaciones interactivas, prohibiendo incluso el uso de "ganchos comerciales" como juguetes o adhesivos en estos productos.
c) Foco en sustitutos y nuevas tecnologías: Con la regulación de azúcares no tradicionales como la Alulosa, Chile se posiciona a la vanguardia en la gestión de ingredientes de nueva generación. Es previsible que el Ministerio de Salud continúe incorporando "eventos biotecnológicos" y nuevos ingredientes basados en evidencia científica internacional.
d) Sostenibilidad y bienestar animal: Aunque el RSA se enfoca en sanidad, la prohibición de usar nombres lácteos para productos vegetales y la exigencia de declarar el origen animal/no animal de las vitaminas sugiere un futuro donde la transparencia ética y el origen de los insumos serán tan relevantes como la inocuidad.
La actualización de marzo de 2026 del RSA representa un hito en la protección de la salud pública en Chile. Al endurecer las definiciones de identidad alimentaria, imponer fortificaciones estratégicas y exigir una transparencia visual sin precedentes (banderas, códigos QR y advertencias), el reglamento obliga a la industria a elevar sus estándares de trazabilidad y comunicación.
Finalmente, los desafíos de implementación son considerables, especialmente para las pequeñas empresas, pero la tendencia hacia un consumidor más informado y protegido es irreversible.

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Periodista especializada Senior
Periodista especializada con más de 15 años en medios de comunicación. En los últimos 8 años ha enfocado sus conocimientos y competencias en la industria de alimentos y bebidas, y en el sector de packaging para alimentos.






