6 de Octubre de 2024

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Normatividad y certificaciones

Etiquetado frontal: El hueco jurídico en la norma

Griselda Vega
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Algunas empresas de la industria alimentaria y de alimentos encontraron huecos en la nueva norma de etiquetado frontal y alistan su movimiento para ampararse de su implementación.

Diego Alejandro López Ramírez, especialista en derecho, adelantó que los amparos los deberán presentar las empresas de acuerdo con cada una de sus características para que obtengan resultados que les favorezcan. Así lo expuso durante el webinar "Interposición del juicio de amparo contra las modificaciones a la NOM 051, etiquetado de alimentos y bebidas pre envasadas no alcohólicas", organizado por la Cámara de la Industria Alimenticia de Jalisco (CIAJ).

López Ramírez comentó que una de las fallas que encontraron en la ley que entrará en vigor a partir del próximo 1 de octubre está relacionada con la ley de propiedad industrial, dado que pone en jaque a las empresas respecto al uso y de la identidad de las marcas que han desarrollado a lo largo de los años.

En este sentido, explicó que la norma de etiquetado frontal establece que su objetivo es de carácter informativo, relacionado con el contenido nutrimental de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasadas, sin embargo, considera que establece prohibiciones específicas que van más allá de esta premisa.

La nueva normativa establece que si algún producto con más de un sello de advertencia y la leyenda de edulcorantes, no debe incluir dibujos animados, mascotas, elementos interactivos o personales destacados de los deportes cuando son dirigidos para niños, pero para Diego Alejandro López Ramírez, la ley no es clara respecto a los alcances de esta regla.

El abogado declara que con la mala regulación, la mala redacción de esta norma, es tan amplia y tan general que si se aplica “a rajatabla”, dejara empaques en blanco y negro y aplicará a diferentes productos.

“Al establecer esta prohibición es constitucionalmente inválida porque no respeta el principio de reserva de ley, lo que quiere decir que si un reglamento administrativo creado para temas específicos o técnicos con función y justificación con base en la ley no puede ir mas allá ni contradecir las normas legales”, declara el abogado.

El representante de jugadores de la industria añade que, por lo anterior, la norma de etiquetado frontal contradice su función, que es proporcionar a los consumidores información clara sobre contendidos, calóricos, nutrimentales y de ingredientes sobre alimentos y bebidas no alcohólicas.

“El que no nos dejen usar nuestra propiedad intelectual de una marca en la que invertimos años para que tuviera presencia en el mercado nacional e internacional se puede perder si deja de utilizarse tal y como está registrada si deja de emplearse por un periodo de tiempo”, puntualiza.

Lo anterior provocaría perdida en costos, gastos para reempaquetar el producto que se encuentre en inventario y en la penetración del nuevo diseño en el mercado.

Esta normativa para la industria de alimentos y bebidas también tendrá implicaciones en los mercados internacionales de acuerdo con Diego Alejandro López Ramírez, debido a que si alguna empresa cuenta con un acuerdo de propiedad con algún jugador extranjero, el contrato deberá ser rescindido de forma inmediata.

“La norma agrede tratados internaciones, violenta el pacto de San José, el Pacto de París, y el Tratado México, Estados Unidos y Canadá, este que establece que los países no deben ni pueden limitar de forma injustificada el uso de una marca”, añade López Ramírez.

Competencia cerrada

Los representantes legales de la industria también consideran que la NOM 051 provocará competencia desleal y puede dar entrada a la creación de monopolios dentro de la industria alimentaria.

El especialista en temas jurídicos explica que, al limitar el uso del diseño de las marcas, se generará una guerra de precios, dado que sin la identidad será más complicado que los compradores identifiquen el origen comercial del producto.

“Lo que cuesta quitar la propiedad intelectual significa quitar la marca distintiva con la competencia y eso va a generar una guerra de precios que va a afectar a las empresas nacionales pequeñas y medianas, las grandes podrían resistir y si las multinacionales bajan precios van a crear monopolios”, advierte López Ramírez.

Cabe referir que al respecto, la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) pidió que, además de brindar información nutrimental que permita la toma de decisión sobre un consumo responsable, la etiqueta frontal incluya las características específicas que permitan a las marcas diferenciarse de sus competidores.


Griselda Vega

Periodista con más de 15 años de experiencia en la generación de contenidos y productos digitales con gran valor añadido en temas de la industria alimentaria, consumo, packaging y negocios B2B para una audiencia experta.

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