12 de Diciembre de 2024

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Normatividad y certificaciones

Sin avance la regulación de la publicidad de alimentos a menores en España

Guillermina García
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España - La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) instó al Ministerio de Consumo para que cuanto antes lleve al Consejo de ministros el proyecto de Real Decreto de regulación y control de la publicidad de alimentos y bebidas con alto contenido en grasa, azúcares y sal dirigida al público infantil.

  • Este proyecto fue anunciando en marzo de 2022 y que de forma preocupante desapareció del plan anual normativo del gobierno para 2023.

En un comunicado, la organización externa su preocupación por el retraso en la aprobación de esta normativa, la cual tiene como objeto restringir la gran cantidad de publicidad que reciben en la actualidad los menores sobre alimentos poco saludables.

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La regulación a la publicidad de alimentos está sin avances

Los diferentes estudios de OCU señalan la enorme cantidad de anuncios de alimentos no saludables que reciben los menores y señalan la influencia que estos tienen en los hábitos alimenticios y la salud de los niños.

Por esa razón, el organismo puso en marcha una campaña  contra  la publicidad infantil de alimentos no saludables que dio por conseguida ante el anuncio del gobierno.

El Proyecto de Real Decreto recoge una serie de importantes medidas en esta línea por ello OCU exige al Ministerio que cumpla sus compromisos y apruebe cuanto antes una normativa que va a proteger mejor la salud de los menores.

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Puntos clave del borrador del Real Decreto

Prohibiciones de emisión

El borrador del real decreto establece algunas prohibiciones que afectan a la aparición de personajes públicos y determinados perfiles profesionales en la publicidad dirigida a los niños y adolescentes. De aprobarse, quedará prohibido:

  • Cualquier forma de publicidad o comunicación comercial de alimentos y bebidas con alto contenido en sodio, azúcares, edulcorantes, grasas y ácidos grasos saturados establecidos por la OMS.
  • La aparición de madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, influencers, personas o personajes de relevancia, notoriedad pública o proximidad con el público infantil.
  • Las promociones como premios, regalos, concursos, sorteos o patrocinios, orientadas a apoyar la publicidad de alimentos y bebidas poco saludables.

Limitaciones

El proyecto contempla una serie de condiciones para emitie comunicaciones comerciales sobre este tipo de alimentos en medios de comunicación.

  • Páginas web o aplicaciones. Solo se podrán mostrar cuando cuenten con mecanismos para evitar el acceso del público infantil y difundan mensajes sobre alimentación saludable.
  • Correo electrónico y vídeos en plataformas. Podrán publicitarse cuando los prestadores de estos servicios cuenten con instrumentos eficaces que permitan segmentar el público al objeto de que no se dirijan al público infantil.
  • Redes sociales. Los anuncios se difundirán con perfil de usuario, siempre y cuando la red social disponga de instrumentos para evitar que se dirijan al público infantil y mecanismos de bloqueo u ocultación de anuncios emergentes.

Régimen sancionador

El incumplimiento de las prohibiciones o limitaciones de comunicaciones comerciales se sancionará según establece la Ley de seguridad alimentaria y nutrición. Las infracciones son clasificadas como leves, graves o muy graves, oscilan entre 5 mil y 600 mil euros.

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Guillermina García

Periodista especializada con más de 13 años en medios de comunicación. En los últimos 7 años ha enfocado sus conocimientos y competencias en la industria de alimentos y bebidas, y en el sector de packaging para alimentos.

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