Las alergias alimentarias (AA) son un conjunto de enfermedades en las que los síntomas derivan de la respuesta inmunitaria del organismo frente a la exposición de un alergeno proteico presente en algún alimento; se clasifican según la participación de la inmunoglobulina E (IgE) en su patogénesis en: mediada por IgE, no mediada por IgE y mixtas.
Sus síntomas son variables y pueden ser gastrointestinales, dérmicos y respiratorios, entre otros; se pueden observar reacciones leves hasta graves, que pueden ser mortales.
La AA es un problema de salud pública cuya prevalencia ha ido en aumento en las últimas décadas sobre todo en países industrializados, con un impacto económico y en la calidad de vida de los pacientes con AA y sus familias.
Las principales investigaciones se basan en datos obtenidos por autorreporte, por lo que si bien faltan datos epidemiológicos precisos que permitan
cuantificar la magnitud del problema.
Aun así, se estima que más de 220 millones de personas en el mundo padecen de AA, se han documentado prevalencias de hasta 10% en preescolares de países occidentales. Del total de personas con AA, aproximadamente 40% ha experimentado alguna reacción anafiláctica con riesgo de muerte, y 30% de los niños presentan alergias alimentarias múltiples.
En la actualidad, el único tratamiento que existe es evitar el alergeno presente en el alimento, como también tener disponibles los medicamentos de emergencia para tratar las reacciones agudas graves derivadas de una exposición accidental a alergeno.
Declaración de alergenos en el etiquetado de alimentos
La reciente actualización de la Norma General para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (Codex Stan 1-1985) en 2024 trajo cambios significativos en el etiquetado de alimentos con el objetivo de mejorar la seguridad alimentaria y la protección del consumidor.
El Codex Alimentarius, establecido por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), proporciona directrices y normas internacionales para asegurar la calidad y seguridad de los alimentos.
La Norma General para el Etiquetado de los Alimentos Preenvasados (Codex Stan 1-1985) es fundamental en la estandarización del etiquetado alimentario a nivel mundial. La revisión de 2024 aborda aspectos críticos como:
- la declaración de alérgenos
- la incorporación de tecnologías modernas en el etiquetado
- la presentación de productos en envases múltiples
Principales cambios en la actualización de la Norma Codex Stan 1-1985
De acuerdo con la actualización de la normativa, los alimentos preenvasados no deberán describirse ni presentarse con un etiquetado en una forma que sea falsa, equívoca o engañosa, o susceptible de crear en modo alguno una impresión errónea respecto de su naturaleza en ningún aspecto.
El documento señala que los alimentos preenvasados no deberán describirse ni presentarse con una etiqueta o etiquetado en los que se empleen palabras, ilustraciones u otras representaciones gráficas que se refieran a cualquier otro producto, o lo sugieran, directa o indirectamente.
De tal forma que el producto de que se trate pueda confundirse, ni en una forma tal que pueda inducir al comprador o al consumidor a suponer que el alimento se relaciona en forma alguna con aquel otro producto.

Etiquetado obligatorio de los alimentos preenvasados
En la etiqueta de alimentos preenvasados deberá aparecer la siguiente información según sea aplicable al alimento que será etiquetado, excepto cuando expresamente se indique otra cosa en una norma individual del Codex:
Nombre del alimento
Que deberá indicar la verdadera naturaleza del alimento y, normalmente, deberá ser específico y no genérico. En caso de que se hayan establecido uno o varios nombres para un alimento en una norma del Codex, deberá utilizarse por lo menos uno de estos nombres.
En otros casos, deberá utilizarse el nombre prescrito por la legislación nacional. Cuando no se disponga de tales nombres, deberá utilizarse un nombre común o usual consagrado por el uso corriente como término descriptivo apropiado, que no induzca a error o engaño al consumidor.
En la etiqueta, junto al nombre del alimento o muy cerca del mismo, aparecerán las palabras o frases adicionales necesarias para evitar que se induzca a error o engaño al consumidor con respecto a la naturaleza y condición física auténticas del alimento que incluyen
Pero no se limitan, al tipo de medio de cobertura, la forma de presentación o su condición o el tipo de tratamiento al que se haya sometido como deshidratación, ahumado o reconstitución.
Lista de ingredientes
La actualización de la Norma Codex Stan 1-1985 señala que cuando se trate de alimentos de un único ingrediente, deberá figurar en la etiqueta una lista de ingredientes.
La lista de ingredientes deberá ir encabezada o precedida por un título apropiado que consista en el término “ingrediente” o la incluya. Además, deberán enumerarse todos los ingredientes por orden decreciente de peso inicial (m/m) en el momento de la fabricación del alimento.
Por otra parte, la normativa indica que cuando un ingrediente sea a su vez producto de dos o más ingredientes, dicho ingrediente compuesto podrá declararse como tal en la lista de ingredientes, siempre que vaya acompañado inmediatamente de una lista entre paréntesis de sus ingredientes por orden decreciente de proporciones (m/m).
Cuando un ingrediente compuesto, para el que se ha establecido un nombre en una norma del Codex o en la legislación nacional, constituya menos del 5 % del alimento, no será necesario declarar los ingredientes, salvo los alimentos e ingredientes enumerados en las considerados por la legislación.
Declaración de ingrediente como alimentos alergénicos
Contar con información clara y veraz sobre la presencia de alergenos en los alimentos que se consumen, ya sea como ingrediente o de forma no intencionada, a través del etiquetado nutricional se hace imprescindible para garantizar la seguridad alimentaria de las personas afectadas y evitar complicaciones que pueden llevar hasta la muerte.
Con este fin, la mayoría de los países del mundo elaboran su lista de alergenos a declarar según las normativas del CODEX STAN 1-1985, la cual incluye ocho principales alergenos, que son los cereales que contienen:
- el gluten
- la leche
- el huevo
- el pescado
- los crustáceos
- la soja
- el maní
- los frutos secos
Las diferencias que existen en los procesos regulatorios para identificar alergenos y la forma en que estos se expresan en el etiquetado nutricional en cada país dificulta a las personas, y sus familias, que viven con AA llevar una dieta correcta de exclusión, que es el tratamiento principal de este tipo de alergias.
Por este motivo, es necesario contar con leyes estandarizadas que regulen la forma de declarar los alergenos y garantizar la salud y el bienestar de las personas afectadas.
Se decidió incorporar a la investigación la declaración de alimentos irradiados, ya que es una tecnología que se usa en la actualidad para mejorar la seguridad y la vida útil de los alimentos sin modificar sus características organolépticas, y cuya declaración obligatoria se encuentra en la totalidad de las normativas revisadas.

Presentación de la información obligatoria
Los datos que deben aparecer en la etiqueta, en virtud de esta norma o de cualquier otra norma del Codex, deberán indicarse con caracteres claros, bien visibles, indelebles y fáciles de leer por el consumidor en circunstancias normales de compra y uso.
Las etiquetas que se pongan en los alimentos preenvasados deberán aplicarse de manera que no se separen del envase.
Cuando el envase esté cubierto por una envoltura, en esta deberá figurar toda la información necesaria, o la etiqueta aplicada al envase deberá poder leerse fácilmente a través de la envoltura exterior o no deberá estar oscurecida por esta.
El nombre y el contenido neto del alimento deberán aparecer en un lugar destacado y en el mismo campo de visión.
Cuando el idioma en que está redactada la etiqueta original no sea aceptable para el consumidor a que se destina, en vez de poner una nueva etiqueta, podrá emplearse una etiqueta complementaria que contenga la información obligatoria en el idioma requerido.
Al aplicarse una nueva etiqueta o una etiqueta complementaria, la información obligatoria que se facilite deberá reflejar totalmente y con exactitud la información que figura en la etiqueta original.
Su impacto en la industria colombiana
Colombia, como miembro activo del Codex Alimentarius, ha adoptado las actualizaciones de la Norma Codex Stan 1-1985. La implementación de estas modificaciones implica una revisión y ajuste de la legislación nacional en materia de etiquetado de alimentos preenvasados.
Las autoridades sanitarias colombianas, en colaboración con la industria alimentaria, están trabajando para garantizar que las etiquetas de los productos comercializados en el país cumplan con los nuevos requisitos establecidos, especialmente en lo que respecta a la declaración de alérgenos y el uso de tecnologías en el etiquetado
Esta actualización representa un avance hacia la estandarización y mejora de las prácticas de etiquetado a nivel global.
Para Colombia, esta implementación ofrece la oportunidad de fortalecer su industria alimentaria, mejorar la seguridad y satisfacción del consumidor y acceder a mercados internacionales.
Sin embargo, es crucial abordar los desafíos asociados con la adaptación, garantizando que todos los actores del sector cuenten con el apoyo necesario para cumplir con los nuevos requisitos.

Desafíos y oportunidades
La adaptación a las nuevas normativas presenta tanto desafíos como oportunidades para la industria alimentaria colombiana.
Las empresas deben invertir en la reformulación de etiquetas, capacitación del personal y, posiblemente, en la modificación de procesos de producción para cumplir con los estándares internacionales.
Sin embargo, esta adaptación también ofrece la oportunidad de mejorar la competitividad en mercados internacionales, donde el cumplimiento con las normas del Codex es valorado positivamente.
La transición hacia el cumplimiento de las nuevas normativas puede implicar costos significativos para las empresas. Estos costos abarcan desde la modificación de diseños de etiquetas hasta la implementación de sistemas tecnológicos para el etiquetado electrónico.
Es esencial que las empresas realicen una planificación estratégica para gestionar estos gastos y maximizar el retorno de inversión asociado con la mejora en la calidad y transparencia del etiquetado.
Finalmente, la implementación efectiva de las nuevas normativas puede mejorar la percepción de los consumidores sobre la transparencia y calidad de los productos alimenticios.
Una información clara sobre la presencia de alérgenos y el uso de tecnologías modernas en el etiquetado pueden aumentar la confianza del consumidor y fomentar la lealtad hacia las marcas que cumplen con estos estándares.
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