La legislación sobre límites máximos de residuos (LRM) de plaguicidas sigue evolucionando en el continente europeo. Una muestra de ello son las recientes modificaciones al Reglamento 396/2005en sustancias como: clorato, miclobutanilo, napropamida, sintofeno, cromafenozida, fluometurón, pencicurón, sedaxano, tau-fluvalinato y triazóxido.
La progresiva supresión y eliminación de los plaguicidas que contienen mercurio en las últimas décadas en la Unión Europea ha hecho posible que se revisen los LMR correspondientes y se adecúen a la situación actual, debido a que se considera que la contaminación por mercurio tiene carácter medioambiental.
De esta manera, algunos de los límites propuestos y aprobados en el reglamento son:
• Frutos de cáscara a 0.02 miligramo/kilogramos (mg/kg)
• Hierbas aromáticas a 0.03 mg/kg
• Setas cultivadas a 0.05 mg/kg
• Setas silvestres a 0.50 mg/kg, excepto en los boletos, en los que era a 0,90 mg/kg
• Semillas oleaginosas a 0.02 mg/kg
• Té, café, infusiones y cacao en grano a 0.02 mg/kg
• Leche a 0.01 mg/kg
• Miel a 0.01 mg/kg
Los principales objetivos del reglamento son:
• Garantizar un elevado nivel de protección a los consumidores
• Unificar normativas comunitarias relativas a LMR en alimentos
• Eliminar barreras comerciales dentro de la Unión Europea
Además, establece como tendrán de fijarse los LMR, teniendo en cuenta las buenas prácticas agrícolas y protegiendo la salud del consumidor para regular el control de su cumplimiento. También establece LMR específicos y armonizados en todos los alimentos y piensos destinados a consumo humano o animal, para cada una de las sustancias activas utilizadas en la formulación de productos fitosanitarios.
Equipo editorial de The Food Tech conformado por periodistas especializados en la industria de alimentos, tecnología, negocios, tendencias, nutrición y packaging.