La Unión Europea trabajará en actualizaciones a la regulación sobre higiene alimentaria, esto como consecuencia tanto de los trabajos de La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA), del Codex Alimentarius y también de la reciente Estrategia ‘de la granja a la mesa’. Con estas nuevas puntos a discutir, la Unión Europea incorporará novedades en relación con los alérgenos, el desperdicio de alimentos y la cultura de la seguridad alimentaria.
Regulaciones a los desperdicios alimentarios
La propuesta legislativa para este punto ha tenido en consideración, tanto los trabajos de EFSA en cuanto a los enfoques de análisis de peligros relacionados con las donaciones de alimentos, como lo planteado en la Estrategia ‘de la granja a la mesa’ para fomentar la redistribución de los alimentos y un menor desperdicio de estos en las condiciones más seguras para los consumidores.
Algunas de las propuestas de este punto se marcan criterios que han de seguir los operadores alimentarios para poder donar o redistribuir los alimentos desde la máxima seguridad alimentaria. En concreto se fijan las siguientes condiciones:
- Verificación sistemática de que los alimentos donados o redistribuidos, no sean nocivos para la salud y sean aptos para el consumo humano (artículo 14.2. Reglamento (CE) No. 178/2002)
- Fecha de caducidad o consumo preferente (Reglamento (UE) No. 1169/2011), la de caducidad no habrá sido rebasada. La de consumo preferente si puede ser superada, siempre y cuando el alimento responda sea seguro, asegurándose de que quede suficiente vida útil para permitir la redistribución y el uso seguros por parte del consumidor final.
- Integridad del envase, cuando proceda.
Lo que concierne a los alérgenos
Los trabajos de la EFSA en relación con sus dictámenes científicos sobre la evaluación de alimentos e ingredientes alimentarios alergénicos a efectos de etiquetado (estimación sobre la presencia de alergias alimentarias en la UE entre el 3 y el 4 %).
Por otra parte, los avances desarrollados por la Comisión del Codex Alimentarius que en septiembre de 2020 ha aprobado el código de prácticas sobre la gestión de los alérgenos alimentarios para los operadores de empresa alimentaria (CXC 80-2020) ha contemplado recomendaciones sobre la reducción de los alérgenos alimentarios en la cadena alimentaria basado en requisitos higiénicos generales.
Con la revisión del Reglamento 852/2004 se evitará que se lleguen a producir contaminaciones cruzadas mediante los equipos, medios de transporte o recipientes. En este sentido, se incorporarán los siguientes puntos:
- 5 bis: El equipo, medios de transporte o recipientes utilizados para la recolección, el transporte o el almacenamiento de alguna de las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias, mencionados en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011, no se utilizarán para la recolección, el transporte ni el almacenamiento de alimentos que no contengan dicha sustancia o producto, a menos que se hayan limpiado el equipo.
- El equipo, los medios de transporte o los recipientes utilizados para la transformación, manipulación, transporte o almacenamiento de alguna de las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias, mencionados en el anexo II del Reglamento (UE) n.º 1169/2011, no se utilizarán para la transformación, manipulación, transporte ni almacenamiento de alimentos que no contengan dicha sustancia o producto, a menos que se hayan limpiado el equipo.
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