La ley de etiquetado frontal o “Ley de comida chatarra” como fue nombrada en Colombia, es una medida basada en la advertencia mediante etiquetas adheridas en los productos alimentarios, reconocida por la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
Esta legislación fue instaurada por el Ministerio de Salud y Protección Social en su compromiso con la salud pública de los colombianos mediante la Resolución 810 del 2021, la que establece los requisitos de etiquetado nutricional y frontal que deben cumplir los alimentos envasados o empacados para consumo humano.
Dicha resolución entraría en vigor el 16 diciembre de 2022 y traerá cambios en las tablas nutricionales y el uso de sellos frontales para los alimentos y bebidas empacadas. Sin embargo, faltaba la reglamentación de la norma.
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La controversia en la reglamentación de la ley de comida chatarra
A la par de la expedición de la resolución 810 del 2021, el Congreso aprobaba la Ley 2120 de 2021, que entre otras le ordena al Ministerio reglamentar “los parámetros técnicos de este etiquetado en donde se definía:
- Forma
- Contenido
- Figura
- Proporción
- Símbolos
- Textos
- Valores máximos
- Colores
- Tamaño
- Ubicación en los empaques
Todas estas características deberán estar incluidas dentro de los productos que ameriten contenerlo, basándose en la mayor evidencia científica disponible, libre de conflicto de intereses y deberá ser aplicable productos nacionales, como internacionales, y exceptúa aquellos con propósito médico.
Con la aprobación de la Ley 2120 de 2021, se suscitaba una polémica relacionada con la forma del etiquetado, pues en la 810 se proponía que fuera redonda y su leyenda indicara “alta en”, mientras que la Ley 2120 exigía que fuera en forma octagonal, lo que permitía ser relacionada con el símbolo de peligro, usando el texto “exceso de”.
Varias empresas ya habían empezado a comercializar productos con el sello circular, por lo que el Ministerio de Salud explicó que podrán seguir haciendo uso de estas etiquetas hasta que se agote el inventario o hasta seis meses después del 17 de diciembre.
La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (ANDI) alertó que las cerca de 39 mil empresas del sector de bebidas y alimentos no están preparadas y que los nuevos cambios van a retrasar aún más el proceso de implementación de la Ley 2120.
¡Hoy expedimos la Resolución 2492 sobre etiquetado frontal!
Con esto buscamos que las y los consumidores tomen decisiones informadas sobre su alimentación y que disminuya el consumo de productos ultraprocesados que repercuten negativamente en la salud de las y los colombianos. pic.twitter.com/bm1kAm18Eu
— MinSalud Colombia 🇨🇴 (@MinSaludCol) December 13, 2022
Las razones en el cambio de la forma del etiquetado
El octágono es la figura que presenta mayor evidencia disponible de que es la más apropiada para capturar la atención y con un mayor potencial de maximizar la percepción de insalubridad, según un estudio elaborado por Universidad Nacional de Colombia, la Universidad de Carolina del Norte (Estados Unidos) y la Pontificia Universidad Javeriana.
En dicha investigación se encuestó a más de 8 mil adultos, de los cuales, el 72% de ellos indicó que el sello octagonal es el que más reducía su intención de consumo. También reveló que el 75% de las personas identificaron correctamente el producto con exceso de azúcares, grasas saturadas o sodio cuando tenía un etiquetado de advertencia nutricional de esta forma.
Carolina Piñeros Ospina, directora ejecutiva de Red PaPaz ratificó que la figura octagonal es el símbolo más eficiente para advertir a los colombianos sobre los excesos de azúcares, sodio y grasas saturadas o la presencia de edulcorantes en el frente de los empaques de los productos ultraprocesados, comestibles y bebibles.
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