México alista la aplicación de la
NOM-051, conocida como el nuevo
etiquetado frontal en octubre por lo que fabricantes de alimentos y bebidas deberán adoptar estas nuevas medidas, de acuerdo con las
tres fases que han establecido las autoridades.
Las
etiquetas en forma de
octágonos que van al
frente de empaques de frituras, pastelitos y bebidas azucaradas son una
herramienta para que los
consumidores ubiquen alimentos con alto contenido calórico, grasas saturadas, grasas trans, sodio y azúcar.
También incluye dos leyendas precautorias que se integraran en caso de que los alimentos y bebidas no alcohólicas excedan los niveles de edulcorantes no calóricos, que se emplean para sustituir los azúcares en los productos de denominación “light” y una más si tiene alto contenido de cafeína.
“La declaración tiene como cambio principal que el productos será graduado de acuerdo con el contendió del producto y entonces se hará una declaración homogénea de los nutrimentos por el contenido total del envase”, explica itzel García Luna, especialista en I&D en Glin & Asesores Consulting en el seminario “¿Conoces las fases de implementación de la modificación de la NOM-051 de alimentos y bebidas No Alcohólicas?”, organizado por GS1 México.
El etiquetado frontal es parte de las acciones que se han tomado en otros países, como Chile, Argentina y Colombia, para mitigar la obesidad, que ataca a más de más de mil 900 millones de adultos de 18 o más años de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y toman relevancia, dado que, las personas que padecen esta enfermedad son más vulnerables frente al brote de coronavirus que se vive en el mundo desde inicios de este año.
Si bien, la ley tiene una fase de adopción que tendrá un lapso de seis meses a partir del 1 de enero, en la cual se deben integrar los sellos frontales y se deben quitar personajes de animación o juegos dirigidos para niños en productos que contengan por lo menos un ícono o una leyenda precautoria.
La aplicación de la NOM-051 tendrá tres fases, de acuerdo a lo establecido por las autoridades mexicanas de las secretarías de Salud y Economía:
1. Incorporación de sellos. Es la primera fase de implementación de la ley e Inicia a partir del 1 de octubre de este año y termina el 30 de septiembre de 2023. Es importante conocer la declaración nutrimental de los productos para determinar qué sellos se colocarán. Los íconos octagonales de color negro se colocarán en la parte superior derecha de los envases y envolturas.
2. Evaluación nutrimental complementaria. Se desarrollará del 1 de octubre de 2023 al 30 de septiembre de 2025. Esto quiere decir que los fabricantes de alimentos y bebidas no alcohólicas deben hacer un análisis sobre la información nutrimental complementaria de sus productos.
3. Calculo de información nutrimental. Esta tercera fase se implantará a partir del 1 de octubre de 2025. Las empresas deberán realizar el cálculo y evaluación de la información nutrimental complementaria de acuerdo a las normas establecidas por las autoridades.