El Consejo Europeo alcanzó un acuerdo en relación con la propuesta de Reglamento de Envases y Residuos de Envases. El objetivo es hacer frente al aumento de los residuos de envases que se generan en la UE y, al mismo tiempo, armonizar el mercado interior de los envases e impulsar la economía circular.
La propuesta abarca la totalidad del ciclo de vida de los envases. Establece requisitos para garantizar la seguridad y la sostenibilidad de los envases. Para lo cual exige que todos los envases sean reciclables y que se reduzca al mínimo la presencia de sustancias preocupantes.
También establece requisitos sobre el etiquetado, para mejorar la información que reciben los consumidores. De conformidad con la jerarquía de residuos, la propuesta trata de minimizar la generación de residuos de envases, estableciendo:
- objetivos vinculantes de reutilización
- restringiendo determinados tipos de envases de un solo uso
- exigiendo a los agentes económicos que reduzcan el uso de envases al mínimo
Objetivos de reducción de los residuos de envases
En conformidad con la propuesta de la Comisión, la orientación general establece unos objetivos principales generales de reducción de los residuos de envases, basados en las cifras de 2018: del 5 % para 2030, del 10 % para 2035 y del 15 % para 2040.
La Comisión revisará los objetivos cuando hayan transcurrido ocho años de la entrada en vigor del Reglamento.
El Consejo introdujo la posibilidad de que los Estados miembros establezcan medidas de prevención de los residuos de envases que superen los objetivos mínimos mencionados.
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¿Qué pasa con la reutilización?
El Reglamento fija nuevos objetivos de reutilización y recarga para 2030 y 2040. Se aplican objetivos distintos en función de si se trata de:
- grandes electrodomésticos
- alimentos y bebidas servidos en envases para llevar
- bebidas alcohólicas y no alcohólicas (a excepción del vino) envases de transporte (a excepción de los envases utilizados para mercancías peligrosas o equipos a gran escala y los envases flexibles que estén en contacto directo con alimentos)
- envases colectivos
Los envases de cartón están exentos de estos requisitos. Por otra parte, se ha introducido la posibilidad de que los agentes económicos se agrupen para cumplir colectivamente los objetivos de reutilización en lo que respecta a los envases de bebidas.
El artículo 8 y la compostabilidad
La orientación general mantiene los objetivos principales para 2030 y 2040 en relación con el contenido reciclado mínimo en los envases de plástico. De aquí a 2034, la Comisión tendrá que revisar la aplicación de los objetivos para 2030 y evaluar la viabilidad de los objetivos para 2040.
El Consejo también acordó, en el artículo 8, que las bolsas de té y las etiquetas adhesivas de frutas y hortalizas sean compostables e introduce la posibilidad de que los Estados miembros puedan exigir que también sean compostables, en determinadas circunstancias, otros envases, como, por ejemplo, las cápsulas de café o las bolsas de plástico ligeras.
De adoptarse, las nuevas normas reducirían los envases innecesarios, al exigir a los fabricantes e importadores que se reduzca al mínimo el peso y el volumen de los envases, excepto en el caso de los dibujos y modelos de envases protegidos.
Por último, el Consejo pide a la Comisión que revise los objetivos para 2030 y que, en función de esa revisión, evalúe los objetivos para 2040 y las exenciones establecidas en este ámbito.