Recientemente se cerró la consulta para el proyecto de real decreto de envases y residuos de envases. La propuesta legislativa objeto de esta consulta da respuesta a la necesidad de transposición de la Directiva (UE) 2018/852. Del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018. Por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases y la aplicación de la Directiva (UE) 2019/904, de 5 de junio de 2019. Referidos a los envases de plástico de un solo uso.
Entre los aspectos más relevantes que afronta la nueva legislación se identifican los siguientes:
- Impulsar la prevención en la producción de residuos de envases y su reutilización. Esto para lograr mayor eficiencia en la utilización de los recursos y reducir los efectos de los residuos de envases.
- Nuevos objetivos de reciclado para 2025 y 2030.
- Régimen de responsabilidad ampliada del productor. Para que los productores afectados asuman el costo real y total de la de gestión de los residuos de envases.
- Responsabilidad ampliada del productor a los envases comerciales e industriales.
- Establecer los mecanismos que permitan incrementar la transparencia sobre la información de envases y residuos de envases. En consecuencia, el fin último de esta norma lo constituye el avance hacia una economía más circular.
Prevención y reutilización de envases
Se plantean diversas medidas para apostar por la prevención y reutilización de los envases. Entre las acciones que se proponen en los artículos 7 y 9 destacan:
Prevención desde la Administración Pública, planteando acciones para:
- Fomentar del consumo de agua potable en sus dependencias y otros espacios públicos, mediante el uso de fuentes en condiciones que garanticen la higiene y la seguridad alimentaria o el uso de envases reutilizables.
- Implantar alternativas a la venta y la distribución de bebidas envasadas y de vasos de un solo uso en eventos festivos, culturales o deportivos que tengan el apoyo de las administraciones públicas (a partir del 1 de enero de 2023).
- Evitar la utilización de envases superfluos.
Las medidas adoptadas, siempre serán de tales características que no pongan en peligro las funciones esenciales del envase, ni los niveles de seguridad, higiene y aceptación necesarios para el producto envasado y el consumidor.
La prevención en el comercio minorista
- Presentar las frutas y verduras frescas sin utilizar envases de plástico. Esta obligación no se aplica a las frutas y hortalizas envasadas en lotes de 1.5 kilogramos o más. Así como a las frutas y hortalizas que presentan un riesgo de deterioro cuando se venden a granel.
- Fomentar la venta a granel de productos frescos sin envase.
- Informar a los clientes de las repercusiones ecológicas y de las obligaciones de gestión de los residuos de los envases, se tendrá en cuenta la superficie útil para la exposición y venta al público. En establecimientos con superficie igual o superior a 300 metros cuadrados:
- Obligaciones del consumidor en lo referente a la devolución de los envases reutilizables y a la separación de los residuos de envases en los distintos contenedores.
- Promoción de las bolsas y otros envases reutilizables para reducir el consumo innecesario de estos envases.
- Disponibilidad en el comercio de las distintas gamas de envases por productos, distinguiendo tamaños, materiales y posibilidades de reutilización o reciclaje.
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