El Consejo de la UE acepta la revisión del Reglamento sobre traslados de residuos, el cual tiene como objetivo garantizar flujos de residuos menos problemáticos a países fuera de la UE.
- Sin embargo, las ONG medioambientales exigen una prohibición total de las exportaciones de residuos plásticos, tanto a países de la OCDE como a países no pertenecientes a la OCDE y expresan su preocupación por las posibles lagunas y los impactos medioambientales.
El reglamento revisado establece medidas para garantizar que los residuos solo se envíen a destinos donde se traten adecuadamente y de manera ambientalmente sostenible.
Al respecto, la Agencia de Investigación Ambiental (EIA), señala que la suficiencia del reglamento depende de la transposición, la aplicación y la asignación de recursos efectivos.
La agencia destaca que el Parlamento Europeo había incluido previamente las exportaciones de residuos de países de la OCDE y de países no pertenecientes al organismo en su mandato de negociación.
Por lo menos tres Estados miembros apoyan una prohibición total de la exportación de residuos plásticos. A pesar de que esto no ha formado parte del mandato de negociación del Consejo.
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Riesgos sobre aumentar envíos de residuos de la OCDE
El Reglamento prohíbe que los traslados de residuos se eliminen dentro de la UE a menos que se autorice en virtud del procedimiento previo de notificación y consentimiento por escrito.
Los desechos plásticos no peligrosos pueden exportarse a los países de la OCDE en el marco del consentimiento fundamentado previo. No obstante, están sujetos a un control especial por parte de la CE.
De acuerdo con la Unión Europea, el artículo 45 pide a la CE que supervise estrictamente la exportación de residuos plásticos a los países de la OCDE.
El propósito es asegurarse de que dicha exportación no tenga un impacto significativo en el medio ambiente o la salud humana. Y que los residuos importados de la UE se gestionen adecuadamente en estos países.
En consecuencia, los notificantes dentro de la UE y los exportadores que exportan a terceros países deben notificar una exportación por adelantado y recibir una confirmación por escrito de los países de envío, de destino y de tránsito. Esto incluye cronogramas y plazos específicos para garantizar un proceso eficiente.
Exenciones en la exportación de residuos
Los Estados miembros también tienen prohibido exportar residuos destinados a su eliminación a terceros países y residuos peligrosos destinados al reciclado a países no pertenecientes a la OCDE.
Lo que sí es nuevo es la prohibición de la exportación de residuos plásticos no peligrosos a países no pertenecientes a la OCDE.
Estos países pueden declarar su voluntad de importar residuos plásticos de la UE si cumplen estrictas normas de gestión de residuos. La solicitud debería ser evaluada de forma positiva por la CE antes de que se pueda levantar la prohibición.
Un portavoz de la UE afirma que para los envíos fuera de la UE, las instalaciones de gestión de residuos en el país de destino deberán ser auditadas por organismos independientes.
El funcionario señala que las auditorías demostrarían que las instalaciones tratan los residuos de una manera ambientalmente racional. Y los operadores solo podrían exportar residuos a estas instalaciones si este fuera el caso.
El reglamento obliga a la CE a establecer un registro que contenga información actualizada sobre las instalaciones que han sido objeto de una auditoría para ayudar a los exportadores de desechos a prepararse para los traslados (artículo 46).
Hay una serie de obligaciones que habrá que evidenciar, además de contar con la capacidad de reciclaje suficiente. “Para evaluar la suficiencia de estas medidas, un factor importante para tener en cuenta es la necesidad de ver qué hace la UE para abordar su alto nivel de consumo de plástico per cápita a lo largo de estos próximos cinco años”, concluyó el portavoz de la UE.