El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España reconoció los nuevos parajes vitícolas de Riojas como Viñedo Singular dentro de la Denominación de Origen Calificada.
Esta nueva indicación geográfica da respuesta a las solicitudes de 17 titulares de 20 nuevos viñedos, representativos de 32 hectáreas, sumándose a los 84 proyectos del pasado año hasta culminar una superficie total de 186 hectáreas.
Con esta nueva distinción de viñedos especiales, el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Calificada Rioja trabaja de la mano con el Ministerio para seguir desarrollando este proyecto de excelencia.
Se consuman nuevos reconocimientos asociados a esta figura que pretende otorgar el debido protagonismo al terroir, origen que los consumidores más conocedores buscan ahora en los vinos.
¿Cómo obtener la distinción Viñedo singular?
Viñedo Singular es una entidad geográfica de extensión inferior a la del término municipal, ubicada en el territorio protegido por la Denominación de Origen Calificada Rioja e identificada con un nombre. Consiste en un paraje o sitio rural con características agrogeológicas y climatológicas propias que lo diferencian y distinguen de otros de su entorno, del que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares.
El reconocimiento de una entidad geográfica menor como Viñedo Singular requiere el cumplimiento de los siguientes requisitos:
- Presentación de Memoria Técnica, conforme a la Guía de descripción de las características climatológicas, agrogeológicas y vitícolas aprobada por el Consejo Regulador.
- Informe de evaluación del Consejo Regulador.
- El nombre del Viñedo Singular deberá estar registrado como marca, al menos en la Oficina Española de Patentes y Marcas, por las personas físicas o jurídicas titulares del cultivo o por las responsables de su elaboración con instalaciones inscritas a su titularidad en el Consejo Regulador.
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Condiciones que debe cumplir
- Puede comprender una sola o varias parcelas catastrales.
- La edad mínima del viñedo serán 35 años.
- Las prácticas de cultivo deben estar orientadas a la sostenibilidad y al respeto al medio ambiente.
- El vino se elaborará con uva procedente exclusivamente de parcela o parcelas que constituyan el Viñedo Singular.
- La elaboración, crianza, almacenamiento y embotellado dentro de la misma bodega.
- Deberán superar el cumplimiento de los diferentes requisitos establecidos tanto en el control documental como el control físico.
- Los vinos elaborados serán sometidos a una doble evaluación cualitativa, la calificación inicial y otra valoración previa a la salida al mercado.
- Respecto al etiquetado, la mención Viñedo Singular aparecerá debajo del nombre registrado como marca.
- El titular de la marca deberá presentar una declaración de compromiso relativo al uso exclusivo de la misma en vinos acogidos a la Denominación de Origen Calificada.
- No se permitirán embotellados por encargo en los casos de vinos procedentes de viñedos singulares.
- Las botellas portarán contra etiquetas o precintas específicas que incluirán la mención Viñedo Singular.