Para coordinar estrategias y combatir la publicidad engañosa, la Profeco y Cofepris firmaron un convenio para eficientar procesos y sancionar esa práctica.
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) compartirán la información del mercado de publicidad para ser más asertivos y rápidos en el ejercicio de sus facultades, incrementando de manera considerable la capacidad para vigilar el cumplimiento de las normas sanitarias y de protección al consumidor en materia de publicidad.
"En el Plan Nacional de Desarrollo nos mandata el Presidente, de manera muy clara, visualizar la defensa de los derechos de los consumidores justo con una perspectiva sistémica, es decir, dónde tenemos que pensar de manera transversal y con quiénes debemos trabajar de manera colaborativa" , afirmó Lorena Martínez Rodríguez, Procuradora Federal del Consumidor.
Desarrollar un enfoque preventivo y evitar que haya publicidad engañosa en los medios, pero también un enfoque remedial, es decir, contar con los instrumentos necesarios para poder identificarla y en su momento sancionarla y finalmente corregirla, agregó.
Por su parte, Mikel Arriola, Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, en la informalidad se encuentran muchas engaños para el consumidor y riesgos sanitarios. Por ello, Profeco y Cofepris hemos lanzado alertas conjuntas a la población por productos relacionados con mentiras en la publicidad o por tener alguna contaminación en su proceso de manufactura.
El titular de Cofepris sostuvo que con este convenio se incrementará de manera considerable la capacidad del Estado Mexicano para vigilar el cumplimiento de las normas sanitarias y de protección al consumidor en materia de publicidad.
La Procuradora sostuvo que a partir de ahora, con el mecanismo copy advice, los proveedores de bienes y servicios, antes de presentar su publicidad, vendrán con nosotros, se les revisará, se les corregirá y, eventualmente, cuando salga a la luz, será publicidad que cumpla con los requisitos que establece la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC). Finalmente, sostuvo que en un plazo no mayor de 30 días se tendrán los anexos de ejecución para poder medir resultados palpables.