De acuerdo con la propuesta de decreto de la Secretaría de Salud por el que se adicionan diversas disposiciones al Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios, los productos deberán señalar en el área frontal de exhibición, el contenido energético total que el producto aporta expresado en kilocalorías o calorías.
Este valor no deberá expresarse en términos porcentuales de una ingesta diaria recomendada. Además deberá indicarse el contenido de gasas saturadas, otras grasas, azúcares totales y sodio que estén presentes en el producto.
Lo anterior, con la finalidad de corregir una práctica que tiene la industria sobre realizar ese etiquetado identificando los valores de riesgo, para una mejor información a la población.
Según el proyecto avalado por la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la evidencia sugiere que esto aumentará el consumo de frutas y verduras en un promedio de 10 gramos por día y reducir la proporción de consumo total de energía de las grasas en 0.42 por ciento.
Mikel Arriola, titular de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), aseguró que este nuevo etiquetado brindará beneficios a la población, pues con la modificación se le dan elementos para tomar decisiones informadas sobre los productos que consuman.
Explicó que el cambio en el etiquetado es parte de la estrategia de combate a la Obesidad, que junto con esquemas de incentivos como el Sello de Calidad y la regulación publicitaria, cierra las brechas en materia de información al consumidor.
"Con la reforma, México se convierte en país un pionero en materia de etiquetado y publicidad, a través de la incorporación de las mejores prácticas internacionales en el diseño de mecanismos regulatorios transparentes para el consumidor",
dijo el funcionario federal.
En específico, México establecerá como obligatorias la base sobre la cual se deberá calcular el contenido calórico de un producto, el contenido energético del total del producto para el caso de bebidas saborizadas, chocolates, botanas y productos de confitería.
Aseguró también que basados en una dieta de dos mil calorías, el consumidor tendrá de cada producto el porcentaje de calorías que le puede aportar. "Estamos pasando de unmundo donde el etiquetado frontal era voluntario a uno obligatorio.
Por ejemplo, una lata de refresco de cola con 355 mililitros, hoy establece en el contenido calórico 7 por ciento. Con el nuevo etiquetado esa expresión será de46 por ciento", ejemplificó. Otro cambio es que en las presentaciones familiares van a expresar el porcentaje total de calorías de cada envase familiar.