En sociedades cada vez más conscientes sobre la necesidad de reducir el consumo de azúcares libres, el reemplazo por edulcorantes ha sido uno de los caminos más explorados por la industria de alimentos.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) en el año 2015 recomendó reducir la ingesta de azúcares libres a menos del 10% de la ingesta calórica total, para disminuir enfermedades como la diabetes y la obesidad(1). Se consideran como azúcares libres a los monosacáridos y disacáridos añadidos a los alimentos por el fabricante, cocinero o consumidor.
La recomendación de la OMS insta a ser utilizada en la formulación de políticas públicas y gestar programas de reducción de consumo de azúcares a través de incentivos fiscales (para aquellos productos sin agregado de azúcares libres), impuestos (para aquellos productos con “alto contenido de azúcares”), reformulación de alimentos y etiquetado frontal de alimentos.
Los edulcorantes son sustancias que actúan como sustitutos de los endulzantes como el azúcar (sacarosa) y pueden ser no calóricos (llamado también artificiales) o calóricos. Los edulcorantes no calóricos no aportan calorías o energía al organismo, y surgieron como una alternativa comercial para la industria de alimentos en el auge por el conteo del contenido calórico de los alimentos procesados.
Pueden ser considerablemente más dulces que el azúcar (sacarosa), por lo que se utilizan en muy poca cantidad con alto poder endulzante. En el mercado se puede encontrar una gran variedad:
- aspartame
- sacarina
- acesulfame K
- ciclamato
- advantame
- sucralosa
Los edulcorantes calóricos son aquellos que sí aportan calorías y son considerados una fuente de energía rápida. Dentro de esta categoría se suele encontrar a los polioles o alcoholes de azúcar, como sorbitol, manitol, xilitol o eritritol, los cuales se caracterizan por su bajo contenido energético y el bajo efecto sobre el nivel de glucosa en sangre.
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Referencias internacionales
Para muchos países de la región, las directrices o estándares del Codex Alimentarius suele ser una de las principales referencias en cuanto a la evaluación de seguridad y consumo de edulcorantes, en el marco del Comité Mixto FAO/OMS de Expertos en Aditivos Alimentarios (JECFA, por sus siglas en inglés).
JECFA evalúa cada aditivo alimentario sobre la base de estudios científicos de todos los datos bioquímicos, toxicológicos y de otra índole, entre ellos los ensayos obligatorios en animales, estudios teóricos y observaciones en seres humanos.
En cuanto a los ensayos toxicológicos, se deben realizar estudios de toxicidad aguda, a corto y a largo plazo para determinar la absorción, distribución y excreción del producto y los posibles efectos perjudiciales del propio aditivo y de sus subproductos para determinados niveles de exposición. De esta forma se evalúa la seguridad de consumo y se establecen dosis máximas de consumo.
De igual forma, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) suele ser la segunda referencia en el tema para los países de la región de América Latina. En 2019, EFSA comenzó a reevaluar la seguridad de los edulcorantes, desde el punto de vista toxicológico y la exposición de los consumidores.
Dicho trabajo debía culminar en 2020, sin embargo, se ha extendido. Es altamente probable que los resultados de esta reevaluación sean de impacto en la regulación de edulcorantes para varios países de América Latina.
¿Cómo se regula en América Latina el uso de edulcorantes?
La situación regulatoria se puede dividir en tres grandes grupos:
- Países con regulación armonizada de aditivos, lo cual incluye edulcorantes.
- Países que poseen su propia regulación nacional.
- Países que no poseen regulación específica, pero que toman como referencia a otros organismos reconocidos internacionalmente.
Los bloques económicos del Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay) y SIECA (Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá), han armonizado la regulación de aditivos alimentarios, por lo que las reglas para el uso de edulcorantes se encuentran homologadas en cada bloque, con algunas consideraciones según la categoría de alimento.
En el caso del Mercosur, la regulación de aditivos que data del año 2006, se encuentra en trabajo de actualización, considerando como principales referencias al Codex Alimentarius y a EFSA. En el caso de SIECA, la última actualización se realizó en el año 2017, donde además de los aditivos ya permitidos en el bloque, se decidió adoptar aquellos también aprobados por el Codex Alimentarius.
En los países que no son parte de ninguno de estos bloques, la regulación de aditivos alimentarios se debe considerar a nivel nacional, donde en muchos casos también se toman como referencias lo dispuesto por el Codex Alimentarius y/o EFSA y, en algunos casos, hasta la Food and Drug Administration (FDA). Referencias que también son consideradas por aquellos países donde ni siquiera existe una regulación para aditivos alimentarios.
Sin embargo, tanto con las regulaciones armonizadas como para las que no, aún existen diferencias significativas en cuanto a criterios en la región, lo que hace que ante la intención de querer utilizar un cierto edulcorante en un mismo producto en varios países, primero se deberá revisar si el mismo se encuentra permitido y en qué niveles.
Por ejemplo, tenemos el caso del uso del advantame (INS 969) en algunos países de la región:
País / Bloque Permitido Límite | ||
Chile | NO | - |
Mercosur | NO | - |
México | SI | Según categoría de alimento |
SIECA | SI | Según categoría de alimento |
Así como en su momento la Stevia fue uno de los edulcorantes revolucionarios de los últimos años, ahora quien se asoma como un endulzante innovador es la fruta del monje (Luo Han Guo), una fruta china milenaria, 300 veces más dulce que el azúcar.
Este edulcorante ya ha obtenido el status GRAS de la FDA, por lo que ya existen productos alimenticios con este edulcorante. Sin embargo, aún no ha sido aprobado por el Codex Alimentarius ni por EFSA. Actualmente en la región latinoamericana, México es el único país que en 2018 aprobó su uso en todas las categorías de alimentos con un límite de BPF.
El dinamismo regulatorio en la región hace que puedan presentarse ciertos desafíos a la hora de formular productos nuevos. Pero, pueden sortearse de una mejor manera ante un buen planeamiento estratégico previo, que permita reducir tiempos y errores, así como el desarrollo y lanzamiento exitosos de productos.
Referencia bibliográfica: