Los productos de un solo uso a base de papel y cartón no entran en la nueva Directiva de la Unión Europea (UE) que prohibió los envases de un solo uso, a menos que cuenten con un revestimiento de plástico que funcione como barrera con la humedad o grasas.
Así se detallan las asociaciones de miembros de ECM/ProCarton y piden a la Directiva tener definiciones claras, armonizadas y basadas en hechos que determinen un impacto real.
Materiales que no estarán exentos de Directiva
Los aditivos como polímeros utilizados en papel y cartón que funcionan como una barrera en alimentos, así como pinturas, barnices, tintas, adhesivos, no son considerados como plásticos; sin embargo, sí están presentes en el nuevo reglamento.
Las afirmaciones “sin plásticos”, se hacen de manera inconscientes sin determinar cada elemento aparte del plástico que no debe estar incluido en empaques ecológicos que apuestan por una industria sostenible.
Definiciones claras para empresas
La primera declaración de la Directiva mostraba que sólo el plástico iba a ser eliminado, pero después aclaro de otros elementos o materiales que también lo serían crean dudas entre las empresas.
La Directiva SUP, definió los productos de plástico de un solo uso como productos fabricados totales o parcialmente con plástico, que están creados para ser utilizados solo una vez.
También explica que se entiende como plástico a un material compuesto por un polímero que definen en el punto 5 del artículo 3 del Reglamento 1907/20063, al que se le puso añadir aditivos u otras sustancias y que pierde funcionar como un componente estructural.
Todas las asociaciones que pertenecen a PRO CARTÓN de la cual ASPACK es miembro, apoya el uso de utilizar definiciones más claras para evitar confusiones entre fabricantes.
Orientación de las declaraciones
La UE no cuenta con un contenido mínimo de plástico en la definición, de lo que ellos consideran plásticos, aunque algunos estados por su parte sí aplican un porcentaje de umbral.
La falta de claridad sobre los requisitos, además de que difiere de otras reglamentaciones vigentes, está dando lugar a un uso cada vez mayor de normas alternativas para utilizar lo que cada compañía considere.
Creando un panorama competitivo sesgado tanto en términos de productos y como deben presentarse al mercado, pero también en el área de impuestis relacionados que se pueden incurrir dependiendo de diferentes interpretaciones.
Un común acuerdo de uso
El Artículo 2(34) de la propuesta de Reglamento de Envases y Residuos sigue la definición de la SUP, dicha anteriormente, sin embargo, el límite entre las categorías de envases a base de fibra como papel y cartón muchas veces están acompañados de otros materiales y no esta claro su uso.
Ante esta situación señalan que debería haber categorías de envases a base de fibra de papel y cartón y envases compuestos, que se diferencian de lo que dice el reglamento actual.
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